ALBERTO FUJIMORI SOLICITA INDULTO HUMANITARIO ¿Y SE LA DARÁN?
Pero, el Indulto Humanitario procede en tres casos específicos
1. Cuando el reo padece de enfermedades terminales.
2. ”Los que padecen enfermedades no terminales graves, que se encuentren en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y ademas que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad..
3. Cuando el reo se encuentra afectado por “trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos; y además, que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad”.
SIN EMBARGO
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) precisa que “el Estado deberá abstenerse de recurrir a figuras como la amnistía, el indulto, la prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad, así como medidas que pretendan impedir la persecución penal o suprimir los efectos de una sentencia condenatoria”.
Precisamente, la mención de lesa humanidad en la sentencia condenatoria contra Alberto Fujimori y el cargo de secuestro agravado por el que también fue condenado son dos obstáculos claros para que el expresidente acceda al indulto común. Por ello, el indulto humanitario representaría su única opción legal para tentar su salida de prisión.
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