PERÚ: HOY MIÉRCOLES SE PUBLICA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LA "LEY UNIVERSITARIA" LEY N° 30220


Ante la aprobación de la Nueva Ley Universitaria en el Congreso de la República del Perú cabe preguntarse en qué consiste, cómo aportara al sistema de educación superior.

El Presidente de la República Ollanta Humala, cree que con la Nueva Ley Universitaria se resolverá temas de corrupción.

Alguno de los puntos que vale la pena mencionar son: 


  1. La nueva Ley dispone sobre la creación y autorización del funcionamiento de universidades. Las públicas se crean mediante Ley y las privadas por iniciativa de sus promotores; en ambos casos con autorización previa de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria - SUNEU. Se deberá acreditar la demanda cualitativa y cuantitativa insatisfecha de las carreras propuestas.
  2. La SUNEU pertenecerá al Ministerio de Educación y reemplazará a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Entre sus principales funciones está supervisar la calidad universitaria, fiscalizar el uso de recursos y autorizar o denegar la apertura de nuevas universidades y filiales.
  3. El SUNEU estará compuesto por los representantes del CEPLAN, del CONCYTEC, del Ministerio de Educación, un Miembro de los colegios profesionales y otro de los sectores empresariales. Además dos miembros designados por las universidades públicas y dos por las privadas.
  4. El SINEACE podrá evaluar, acreditar y certificar para el mejoramiento de la calidad educativa. La acreditación será obligatoria en un plazo de 5 años para la adecuación.
  5. Las universidades que no logren la certificación no podrán entregar títulos a nombre de la nación, sino a nombre de la Universidad. Las que no logren acreditar la calidad de sus facultades o carreras luego de tres evaluaciones consecutivas, serán clausuradas y disueltas.a no habrá bachillerato automático para quienes culminen sus carreras. Será obligatorio que se elabore una trabajo de investigación para obtener la condición de Bachiller. Para la obtención de la licenciatura o título, deberán realizará Tesis, suficiencia profesional o llevar un curso de actualización profesional.
  6. Los centros universitarios (PRE-U) están obligados a cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Número 27806, lo que las obliga a publicar la ejecución presupuestal y los balances.
  7. La visión de esta nueva Ley es la formación cerrada del estudiante en función a los estándares internacionales.
  8. El acceso a la Universidad será por Concurso de Admisión y la Universidad será quien defina cuantas vacantes ofertara.
El Ejecutivo esta encargado para diseñar Plan del Programa de Fortalecimiento de la Universidad Pública, que estará compuesto por las ocho universidades más antiguas del país y la Universidad Nacional de la Amazonía.


FUENTE:
RPP
LA REPÚBLICA
EL PERUANO

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